“Summum ius, summa iniuria” es un aforismo
latino
que se puede traducir por "sumo derecho, suma injusticia", "a
mayor justicia, mayor daño" o "suma justicia, suma injusticia",
en el sentido de que la aplicación de la ley al pie de la letra a
veces puede convertirse en la mayor forma de injusticia.
Es una cita original de la obra De
officis de Cicerón y
fue usada después por otros muchos autores pues se hizo proverbial.
Anteriormente se conoció una frase con sentido similar “ius
summum saepe summast malitia” , ésta dicha por un personaje de
la comedia Heautontimorumenos
de Terencio.
(De Wikipedia y otras fuentes)
...
“No le ha quedado otra opción que
acatar las órdenes de la Audiencia Nacional, aunque se muestra en franco
desacuerdo con ellas. El juez Fernando Andreu ha puesto en libertad a Gao Ping,
el máximo líder de la trama de blanqueo de dinero desarticulada en la Operación
Emperador, y a 11 miembros de su cúpula. Lo hace aplicando el criterio de
la Sección Tercera de la Audiencia que, la semana pasada, declaró
ilegales las detenciones de otros cuatro capos al considerar que el juez
había excedido el plazo máximo de detención de 72 horas antes de enviarlos a
prisión. Andreu, al decretar las excarcelaciones, acata el mandato, aunque no
lo comparte. Eso sí: obliga los liberados a comparecer en su juzgado cada día,
les prohíbe salir de España y les retira el pasaporte.
La sección tercera excarceló a los
primeros cuatro cabecillas siguiendo el criterio del Tribunal Constitucional
que, en noviembre de 2011, estableció que el juez, en caso de que hubiera
ordenado él mismo la detención, tiene un plazo improrrogable de 72 horas para
encarcelar al detenido. Ese plazo solo podría ampliarse en caso de que hubieran
sido las fuerzas de seguridad las que hubieran ejecutado el arresto sin mandato
judicial previo. Como en la Operación Emperador las 108 detenciones fueron
ordenadas por Andreu, que después encarceló a 16 detenidos transcurrido ese
plazo, la sección tercera declaró nulo el auto de prisión de cuatro de ellos,
obligando al instructor a excarcelar a los 12 restantes (entre ellos Gao
Ping) aplicando el mismo criterio.
Andreu obedeció este jueves esa
orden, pero cargó contra los argumentos de la Audiencia porque considera que su
caso es diferente del examinado por el Constitucional en 2011. Mientras que en
este último (un arresto realizado en 2006) el juez ordenó únicamente a la
policía la detención y la puesta a su disposición del detenido sin ninguna otra
diligencia, en el dispositivo contra la mafia china, Andreu, además de los 108
arrestos (que se ejecutaron el 16 de octubre), mandó a los agentes que
registraran 124 domicilios y locales en los que los detenidos tenían que estar
presentes.
El juez explica en su resolución que
lo que hizo tras las detenciones fue poner a los imputados “a disposición de la
policía judicial” para que se realizaran esos registros. Una vez terminados y
ante el inminente cumplimiento de las 72 horas de detención, el juez ordenó que
se los entregaran, aunque manteniéndolos bajo custodia policial en comisaría.
También mandó a los agentes que dejaran de practicar registros o cualquier otra
diligencia con ellos al estar ya bajo su autoridad. A partir de ese momento les
fue tomando declaración y enviándolos a prisión, “todo ello dentro de los
plazos legalmente establecidos”, según Andreu. La sección tercera, sin embargo,
considera que lo que debió hacer fue encarcelarlos sin escucharlos antes de que
transcurrieran 72 horas desde la detención y posponer sus declaraciones.
Los 16 excarcelados —los cuatro de
la semana pasada y los 12 del jueves— forman todos parte de la cúpula de la
organización criminal cuyas declaraciones dejó el juez para el final. Además de
Gao Ping, entre los excarcelados se encuentra su esposa, Yang Lizhen, y el
exguardaespaldas del líder y supuesto jefe de los sicarios de la red, Li Haibo,
implicado en extorsiones y amenazas a inmigrantes chinos a los que la trama
prestaba dinero fuera de los cauces legales.”
…
El "preso brillante" no enseñará taichi en la cárcel de Villena
EZEQUIEL MOLTÓ, Villena
En un flamante Mercedes, y vestido
con una chaqueta negra, Gao Ping ha abandonado esta noche la cárcel de Villena
(Alicante). El empresario chino ingresó en este centro penitenciario a finales
de octubre y, tras conocerse su inminente salida, decenas de periodistas se
apostaron ante el penal para espiar cualquier movimiento.
A las cuatro y media entró otro
ciudadano chino al recinto. Cuando ya era de noche, y la temperatura era
gélida, el empresario ha salido de prisión. A bordo de un coche de lujo de
color negro, ha esquivado a los medios de comunicación. No ha querido hacer
declaraciones. Su único gesto: indicar que no con su mano. Gao Ping iba
arropado por otros tres compatriotas. Uno de ellos, trajeado de negro, iba
sentado a su lado. El coche del supuesto jefe mafioso chino iba escoltado por
otro vehículo. Los dos automóviles dejaron el recinto en cuestión de segundos.
El supuesto cabecilla de la red
desmantelada en la operación Emperador ha estado estas semanas en el módulo
MER-7 de esta cárcel, inaugurada en 2002, con una capacidad inicial de 723
internos. Según fuentes penitenciarias se alojó en un módulo “suave” en el que
debía cumplir una serie de normas referentes a la limpieza, al orden y la
asistencia de actividades.
El periódico alicantino Información publicó que
Ping confesó a algunos presos que si tuviera que quedarse mucho tiempo en
prisión “estaría dispuesto a dar clases de taichi”. Su principal ocupación
durante estos últimos días fue la limpieza de cristales. En las clases y
talleres destacaba como un “alumno brillante”. El empresario recibió varias
visitas de su abogado y tenía intervenidas la correspondencia y sus
comunicaciones.
(De “El País”, 30/11/2012)
…
Cualquier ciudadano de a pie se
preguntará que cómo es posible que pasen estas cosas, cómo es posible que estos
presuntamente implicados en tantas actuaciones “presuntamente” delictivas, hayan
de ser imperativamente puestos en libertad, por un aparente descuido del juez
instructor de la causa en el cómputo de los plazos de detención.
No es nada fácil, ciertamente, ni
comprender ni explicar que así haya de hacerse, aunque los quienes entendemos “un
poco” y sufrimos “un mucho” los devaneos de esa señora de los ojos vendados
llamada Justicia, lo aceptamos , o “acatamos”, aunque en ocasiones no lo entendemos
ni poco ni mucho.
Hay que superar el “populismo” del
tema, y adentrarse en los conceptos esenciales de los derechos y libertades de los
ciudadanos en un Estado de Derecho como el nuestro, para alcanzar la verdadera
dimensión de la resolución de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional,
declarando la necesidad de excarcelar a los implicados que el juez instructor
había ingresado en prisión. por un error de cálculo en el tiempo de detención,
que es tan discutible y opinable como que el propio juez y el fiscal disienten
de ello, y solamente por el acatamiento a las resoluciones de un órgano jurisdiccional
superior se ponen en práctica.
Es en la colisión entre derechos y
libertades constitucionales y principios del derecho punitivo en los que hay
que buscar la razón de la resolución excarcelatoria, por aquello de que
cualquier infracción esencial en la privación de libertad debe implicar la
liberación.
Es bien cierto, y lo venimos
conociendo cuando se anulan las escuchas telefónicas, por ejemplo, que la
vulneración de los principios constitucionales sobre `preservación de las
libertades acarrea la nulidad de lo actuado, pero en este caso, por la opinabilidad
del tema, parece más bien que se trata de que prevalezca la Constitución sobre
la norma habitual.
La realidad, el problema al mismo
tiempo, de la Justicia, es que como afecta a todos, todos pueden opinar sobre
ella, obviando los intrincados vericuetos de la ciencia jurídica, de la ciencia
política y de la recta sapiencia en el proceloso y a veces arduo mundo del Derecho.
No es nuestro papel sentar criterio sobre
lo acontecido en el caso “Emperador”, pero sí dejar claro que, sintiéndonos del
pueblo (en cuanto a lamentar que tan “presuntos” delincuentes hayan de quedar
excarcelados), no podemos sustraernos de nuestra formación jurídica y de
nuestra convicción democrática, y, siendo así, quede claro que estamos de
acuerdo –aunque nos duela y nos resistamos a aceptarlo— enque la salvaguarda de
las libertades democráticas resulta esencial en el Estado de Derecho. Más vale
un culpable liberado que un inocente condenado, suele decirse.
La pena es que esa exquisita
aplicación de los principios constitucionales no aparezca cuando hay que
perseguir abusos y expolios de los políticos que sufrimos, y que a diario
tengamos que estar escuchando que éste o aquél es “presunto”, o está “implicado”,
conceptos muy distorsionados al presente, ya que que presunto no es más que presumido
o presumible (por tanto no cierto) e implicado no es más que una condición
declarada a priori por un Tribunal para proteger derechos de un ciudadano que
es llamado a declarar, con cierto riesgo de resultar afectado en sus derechos.
De esta manera, muchos “imputados”
son ”linchados” por la opinión pública y mediática, al tiempo que muchos “presuntos”
son más ciertos que la verdad misma.
En definitiva, que prevalezca la
ley, la Constitución, y los derechos para todos; pero que no se nos llene la vida
diaria de delincuentes sobreprotegidos por la literalidad de la Constitución
Española.
Y, pese a todo, si el líder chino
fue peligroso y delinquió, ¿no son nuestros legisladores capaces de concebir
alguna fórmula que permita evitar alarmas ciudadanas como la que estamos
soportando? ¿Nadie se atreverá a concebir una fórmula intermedia que permita
subsanar situaciones tan hirientes como la que motiva este comentario?
El “summum ius, summa iniuria”, esa aplicación de la Ley por encima de
todo, bien requeriría que alguno de los dignos “aprovechados” del Poder
judicial explicara lisa y llanamente por qué a quien se considera tan peligroso
en la delincuencia se le facilita la excarcelación por aquello del “donde digo digo, digo diego”, mientras
a otros que son como “siervos de la gleba” les aplasta el peso de la Justicia.
¡Ojalá fuera vigente aquel principio
de que “Justititia dulcore misericordiae
temperatur”.
Pero no. ni la misericordia está en
nuestras vidas, ni en la Justicia impera la racionalidad.
¡Que somos humanos, no lo olvidemos!
“La libertad
es, en la filosofía, la razón; en el arte, la inspiración; en la política, el Derecho”.- Victor Hugo (1802-1885) Novelista francés.
APB,
POR EL COLECTIVO DE JURISTAS DEL CENTRO EUROPEO PRO ASESORAMIENTO Y
NEGOCIOS, SCP